Averiguando en una Agencia de la AFIP logré descular como poder recuperar el adelanto que nos cobran cuando compramos algo en el exterior con tarjeta, lo más difundido es que te lo devuelven de lo que pagás de Ganancias, pero existe una forma de recuperarlo así no te corresponda el pago de ese impuesto.
A por ello... Es largo pero vale la pena:
Comencemos el viaje...
GENERALIDADESPor Resolución General de la AFIP rg3450/2013 se recarga con el 20% las compras en el exterior realizadas con tarjeta de crédito/compra/débito, sean en U$S o en $. También esta previsto devolverlo por reintegro de lo que uno paga de Impuesto a las Ganancias o Bienes ó por transferencia bancaria a la cuanta que indiquemos, en caso de no corresponder que paguemos dicho impuesto (rg3420/2012)
Yo lo averigüé para el caso de un trabajador que no llega al mínimo no imponible y por lo tanto no le cobran ganancias, no se si es el mismo trámite para Monotributistas o Empleadores. En cada caso pueden averiguarlo en cualquier Agencia de la AFIP, o si se las arreglan para guapearle a las preguntas frecuentes dentro de la página web de la AFIP.
Para entrar al sitio de la AFIPPara leer la rg3450/2013 AFIP Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción. Resolución General Nº 3.378 y su complementaria Nº 3.379. Norma complementaria.Para leer la rg3420/2012 AFIP IMPUESTO A LAS GANANCIAS-IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES-TARJETA DE CREDITO Veremos primero como habilitar y configurar nuestras utilidades en la página de la AFIP:
1.1) Tenemos que tramitar la CLAVE FISCAL:
PDF donde podemos visualizar como se tramita la CLAVE FISCAL Yo me fui directamente a la Agencia de la AFIP que me correspondía e hice el trámite personalmente y me dieron Nivel 3, es rápido y no duele, lleven DNI y Fotocopia.
Con la CLAVE FISCAL ingresamos a
http://www.afip.gov.ar/home/index.html
Fig 1ATENCIÓN: CONFIGURAR EL NAVEGADOR PARA QUE PERMITA LOS POP UP's O ACEPTEN QUE LOS PERMITA EN LA PÁG DE AFIP. Si no saben como, pregunten...a otro...No (chiste). Acá abajito nomás. Haciendo click en el acceso nos lleva al menú principal de todo lo que vamos a poder hacer. Son todos "Aplicativos" que sirven para distintas cosas. Hay algunos que debemos habilitar para poder realizar este trámite, y otros que sirven para otros trámites. Revisen en el paso que más adelante describiré para ver cual les pueden servir.
Fig 2 Click en
1 y veremos:
(Ampliar imagen)
Fig 3 Click en ADHERIR SERVICIOS y nos deja en:
Fig 4 Click en AFIP nos lleva a:
Fig 5 Click en SERVICIOS INTERACTIVOS trae:
Fig 6 Iremos seleccionando las Aplicaciones que necesitamos:
DECLARACIÓN DE CBU PARA COBROS DE ORÍGEN TRIBUTARIO, ADUANERO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL. OPCIÓN ALTA/MODIFICACIONES/CONSULTA.MIS APLICACIONES WEB.MIS RETENCIONES.Todas las que crean que les pueden servir Para ejemplo basta un botón. Habilitaremos el Aplicativo "Consulta de Devoluciones de IVA"

Puede pasar que no esté algún dato, como en esta imagen, alcanza con hacer click en "Buscar" y completarlo.

Click en "CONFIRMAR" y nos muestra:

Esto nos informa todos los datos de la asignación.
Podemos confirmar en el menú principal que se hayan asignado todos los Apliactivos (Fig2)

Puede pasar que en el proceso les diga que se perdió la conección, lo que sucede es que se vence el tiempo de sesión y alcanza con volver a ingresar con la CLAVE FISCAL.
Estamos ahora en condiciones de entrar de lleno en los trámites.
Nota: PARA LOS QUE NO PAGUEN GANANCIAS (INCLUIDOS LOS QUE NO LLEGAMOS AL MÍNIMO NO IMPONIBLE) VAYAN DIRECTAMENTE AL PUNTO 3). Salvo que sean curiosos y quieran conocer este trámite también
2) TRÁMITE DEL REINTEGRO PARA LOS QUE ESTÉN EN LA 4ª CATEGORÍA DE GANANCIAS (RELACIÓN DE DEPENDENCIA).El objetivo general de esta variante es lograr confeccionar el formulario F.572WEB.
Para empezar vamos al Menú Principal (Fig2) y accedemos al Aplicativo:
2.1) MIS RETENCIONES
fIg. 72.1.1) Averiguar el Nº de CUIT del Banco emisor de la tarjeta con la que hayamos realizado la compra y colocarlo como "CUIT agente de ret/perc"
22.1.2) En "Impuesto Retenido" escribir
217, o seleccionar con el desplegable "217 - SICORE-IMP A LAS GANACIAS"
32.1.3) Marcar " Retención y/o Percepción"
42.1.4) Seleccionar las fechas Desde: 01012013 hasta cuando quieran (debe coincidir con el período fiscal para el que quieran pedir el reintegro, que a su vez dependerá de cuando les facturaron la compra y el 20% en el resumen de cuenta.
5Nota: Tener en cuenta que este formulario se puede presentar hasta el 31 de Enero del período siguiente al de la compra, Ej: para una compra este año (2013) se puede presentar hasta el 31/01/2014. Después...alpiste.2.1.5) Hacer click en "Aceptar"
6Y el resultado es algo parecido a esto:
Fig 8Los datos remarcados son los que vamos a necesitar luego.
Vean que pueden guardarlo como texto, como Hoja de Cálculo, o imprimirlo. O simplemente dejarlo abierto, ya que como es un Pop Up estará en otra ventana y quedará en la barra de tareas.
Con estos datos vamos la etapa final de generar el formulario:
2.2) GENERACIÓN DEL FORMULARIO F.572WEBPara esto volvemos al Menú Principal (Fig 2) y hacemos click en el Aplcativo
SIRADIG TRABAJADOR, que nos da ingreso a:
Fig. 9Click en el nombre habilita:
Fig. 10Click en "Crear Nuevo Borrador" da entrada a:
Fig. 11Click en "CARGA DE FORMULARIO" (puede pasar que esté en gris y no lo podamos seleccionar, eso puede suceder porque falte algún dato En "Datos Personales" o en "Empleadores". Generalmente nos avisan con algún cartelito, si no entren en esos dos y verifiquen.)
Si podemos seleccionarlo nos aparecerá:
Fig. 12Aquí nos habilitan para elegir que es lo que queremos informar al Empleador (Agente de Retención Principal - o sea quien nos retiene el Impuesto a las Ganancias).
en nuestro caso es lo marcado con
1(Observen lo marcado con
2, todo lo que estamos haciendo es un borrador que deberemos confirmar más adelante enviándolo al Empleador. Si no lo confirmamos no llegará nada y por lo tanto no nos devolverán nada.
3 cuando finalicemos la carga de datos lo usaremos para ver que todo esté correcto).
Haciendo click en
1 entonces agrega:
Fig. 13Haciendo click en
2 vemos:
Fig. 14Haciendo Click en
3 Hace aparecer:
Fig. 15Donde elegimos lo recuadrado
a, que después de tanta vuelta nos lleva a:
Fig. 16Donde por fin nos piden:
- Datos de la tarjeta con la que hicimos la compra
- Agente de Percepción = Banco emisor de la tarjeta. Cuando ponemos el CUIT del Banco y hacemos click en el recuadro sombreado en "Razón Social", automáticamente debe aparecer el Nombre del Banco (yo lo saqué de San Google), si no aparece el correcto es que no está bien el Nº de CUIT.
- Percepciones. (Vean lo que dicen en la
Fig. 16 referente al Monto Total
Hacemos click en lo recuadrado en la Fig. 16, y nos hace aparecer:
Fig. 17Donde cargamos los datos que nos informaron en la consulta como la que se ve en la
Fig. 8 = Mes y Monto, y le damos a "Agregar"
Fig: 18Si tenemos que agregar otro mes le damos a
1 y volvemos a cargar, si no le damos a
2Esto nos lleva a otra pantalla donde haremos una vista previa, que podemos guardar como PDF, y si estamos conformes le damos al Botón "Enviar al Empleador"

Gracias al amigo shadowpucci por aportar la imagen
Si son de los que tienen que pagar Ganancias acá terminó el trámite (o eso espero

)
3 ) Si son de los que se vinieron directamente hasta acá, empezaremos ahora con el viajecito de lograr que nos devuelvan la platita o platota
VER AMPLIACIÓN EN: chalten @ Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exteriorDEVOLUCIÓN PARA LOS QUE NO PAGAN GANANCIASReitero que lean bien la rg3420/2012 AFIP para ver si están comprendidos en este método. Recuerden que no soy Contador ni Gestor, solo averigüé el trámite para los que dejamos de pagar ganancias a partir del aumento del mínimo no imponible.
3.1) Pasos previos para iniciar el trámite:Con carácter previo a efectuar la solicitud de devolución, los sujetos deberán:
a) Contar con CUIT.
Para conocer cómo obtener el número de CUIT:
ID 6349806b) Tener registrados y aceptados sus datos biométricos (foto, firma y huella dactilar), según lo dispuesto en la
RG 2811.
Para conocer cómo registrar sus datos biométricos:
ID 12902723c) Contar con "Clave Fiscal", obtenida de acuerdo con lo establecido en la
RG 2239. Para conocer cómo obtener la clave fiscal:
ID 2307513d) Informar a esta Administración Federal la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de la cuenta bancaria, de acuerdo con lo previsto en la
RG 2675.
Para conocer los pasos a seguir para registrar su CBU:
ID 1260003Fuente: Art. 2 RG 3420/12ID 16502377Una vez que tengamos todo esto (aprovechen a hacer todo junto en la Agencia de AFIP que les corresponda, y lo hacen en un solo viaje) lo que resta es completar el formulario 746A .
Vamos a ello:
3.2) Vamos a usar el Aplicativo "Mis Aplicaciones Web", que ya saben que está en el Menú Principal que se ve en
Fig. 2 ¿POR QUÉ ME LO HACEN DECIR OTRA VEZ? ¿EH?
Fig. 19Seleccionamos "Nuevo Formulario" que da como resultado:
Fig. 203.2.1) "Tipo de Formulario" queda como está.
3.2.2) "Formulario": Elegimos con el desplegable = F.746A... (la versión la pone solo)
13.2.3) "Período Fiscal": Año y Mes (en números y sin separación). Que es el que nos informan en la consulta que hicimos, punto 2.1) (
Fig. 8)
3.2.4) Click en "Aceptar"
3 A partir de acá tenemos que agradecer a shadowpuchi (Matías) que aporta las imágenes de captura de pantalla y nos muestra como sigue el trámite:3.3) Nos lleva a:

Donde aparecen automáticamente las percepciones que nos hayan hecho, o usamos el botón "Agregar Percepción" de abajo a la der., tantas veces como necesitemos. Una vez terminado le damos a " Grabar" arriba a la der. Que nos lleva a:

Donde le damos a "Si" (no sean cobardes) y nos confirman la operación.

Podemos verificar también todas las operaciones que hayamos hecho y el comprobar el estado en que se encuentra.

Y HASTA ACÁ LLEGAMOS
![icon_sombrero [smilie=icon_sombrero.gif]](./images/smilies/icon_sombrero.gif)
En mi caso, como sigo perteneciendo a la 4ª Categoría de Ganancias, por más que no me hagan las retenciones por no llegar al mínimo no imponible, las presentaciones tengo que seguir haciéndolas con el método descripto en el punto 2.2 (572WEB), ya que es la forma en que le llega a mi empleador y esta se maneja con eso en la AFIP. El año pasado, con el sueldo de Abril me acreditaron por recibo de sueldo lo que reclamaba. Espero que este año también. Ya les contaré.
AMPLIACIÓN:
Lo dicho anteriormente funcionó el año pasado, para este año cambiaron las cosas. Ver aclaración en:
chalten @ Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exteriorSiguiendo con las actualizaciones:
Gracias a frio2 por acercar el siguiente dato.
http://www.afip.gob.ar/genericos/docume ... ternet.pdf