Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

12 May 2015 19:44

Bender escribiste:Alguno solicitó la devolución siendo Monotributista o empleado en relación de dependencia sin estar alcanzado por la ley ???


¿Por "no estar alcanzado por la Ley" te referís a no llegar al mínimo no imponible?

Mi recibo de sueldo dice que que no me descuentan por no llegar al mínimo. Lo pedí y me devolvieron el año pasado, este año no, y estoy haciendo el reclamo para ver donde falló.

Mi señora paga ganancias, bajo relación de dependencia, lo pidió y se lo devolvieron.

Sé que los monotributistas tienen bollo si deben alguna DJ, o si se pasan de su categoría. Si reclamás más de lo que permite tu categoría te la cambian automáticamente. Hay que hacer números y ver hasta donde pedir.

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

12 May 2015 20:52

chalten escribiste:
Bender escribiste:Alguno solicitó la devolución siendo Monotributista o empleado en relación de dependencia sin estar alcanzado por la ley ???


¿Por "no estar alcanzado por la Ley" te referís a no llegar al mínimo no imponible?

Mi recibo de sueldo dice que que no me descuentan por no llegar al mínimo. Lo pedí y me devolvieron el año pasado, este año no, y estoy haciendo el reclamo para ver donde falló.

claramente no soy el unico...

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

12 May 2015 22:03

Claro, estoy hablando de monotributistas o de empleados que no pagan ganancias ni le retienen ...

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

13 May 2015 02:23

Bender escribiste:Claro, estoy hablando de monotributistas o de empleados que no pagan ganancias ni le retienen ...


Es que son dos categorías y trámites diferentes.

Los empleados bajo relación de dependencia estamos en la 4ª categoría de Ganancias, aun si no lleguemos al mínimo no imponible, por lo cual no nos debiten del sueldo el impuesto. Pero sí corresponde que presentando el formulario 572web, desde la página de AFIP, al empleador. Este, por ser nuestro agente de retención tramite ante la AFIP y no de la plata que nos retuvo la AFIP.
No se que pasó este año, pero ya me voy a enterar, ya presenté el reclamo a mi empleador. Veremos que responden, y si el tema es en la AFIP iré a la Agencia que me corresponde a presentar el reclamo.

Con los monotributistas el trámite es diferente. Ver en el tuto la parte de los "que no pagan Ganancias". O ir a la Agencia de la AFIP a preguntar como es el trámite. Tener en cuneta que cruzan todos los datos, si uno tiene alguna cuita de DDJJ, o algo por el estilo ver que es lo que conviene dependiendo de cuanta se a la plata a reclamar.

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

13 May 2015 10:11

Perfecto, no recordaba como era los empleados que no llegan al mínimo y no tenia ganas de agarrar los libros ..

Ahora con el tema de monotributistas ... ese es el tema ... que por alguna inconsistencia que no les cuadre .... te la pongan ...

veremos si solicito el reintegro ...


chalten escribiste:
Bender escribiste:Claro, estoy hablando de monotributistas o de empleados que no pagan ganancias ni le retienen ...


Es que son dos categorías y trámites diferentes.

Los empleados bajo relación de dependencia estamos en la 4ª categoría de Ganancias, aun si no lleguemos al mínimo no imponible, por lo cual no nos debiten del sueldo el impuesto. Pero sí corresponde que presentando el formulario 572web, desde la página de AFIP, al empleador. Este, por ser nuestro agente de retención tramite ante la AFIP y no de la plata que nos retuvo la AFIP.
No se que pasó este año, pero ya me voy a enterar, ya presenté el reclamo a mi empleador. Veremos que responden, y si el tema es en la AFIP iré a la Agencia que me corresponde a presentar el reclamo.

Con los monotributistas el trámite es diferente. Ver en el tuto la parte de los "que no pagan Ganancias". O ir a la Agencia de la AFIP a preguntar como es el trámite. Tener en cuneta que cruzan todos los datos, si uno tiene alguna cuita de DDJJ, o algo por el estilo ver que es lo que conviene dependiendo de cuanta se a la plata a reclamar.

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

13 May 2015 11:24

Estamos de acuerdo :mrgreen:

Tanto el 35% por compras en el exterior, como el 20% por compra de divisas; si bien, considero que son lamentablemente necesarias, es plata de cada uno que la AFIP usa durante desde días hasta un año (1 día a 365), entonces si uno le debe plata al fisco o reclama por cantidad de plata que no tiene declarada, es correcto que se la cobren de ahí. Pero, si es por simples inconsistencias la plata la deberían devolver.

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

15 May 2015 16:51

Yo pedí el reintegro cuando estaba el recargo del 20%, nunca apareció y nunca me quejé, creo que siempre conviene hacer la cuenta del oficial + 35% (en este caso y listo).

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

20 May 2015 18:23

agrego modificación:

@Bender

Han cambiado los conceptos :ninja:

Los que trabajamos bajo relación de dependencia, y no llegamos al mínimo no imponible tenemos que cambiar la forma de hacer el trámite.

Es a través de "Mis Aplicaciones Web" y el formulario 746A

Instrucción de carga del formulario 746A

Cabe aclarar que a lo que dice en el instructivo, hay que agregar que tienen que presentar un formulario por cada mes en los que les hayan hecho un retención, elegir que reclamar, grabar Y PRESENTAR. En definitiva van a tener que hacer tantas presentaciones como meses en los que les hayan retenido.

En la Agencia Nº2 de CABA, de la AFIP, me dijeron que no aplica el límite del 31 de Enero para presentar esta forma de reclamo (746A). Yo acabo de hacer las presentaciones por el 2014 y no me lo impidieron por fecha. Veremos si lo devuelven.

Ampliaremos

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

21 May 2015 11:09

chalten escribiste:En definitiva van a tener que hacer tantas presentaciones como meses en los que les hayan retenido.
Me quiero volver chango!

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

21 May 2015 21:08

KMKAR escribiste:
chalten escribiste:En definitiva van a tener que hacer tantas presentaciones como meses en los que les hayan retenido.
Me quiero volver chango!



Yo no les quiero dejar plata que me dijeron que me van a devolver. Se las voy a seguir, hasta que, como el año pasado, me la devuelvan [smilie=icon_sombrero.gif]

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

17 Jun 2015 11:28

Buenas.
Compre unas chucherias por Ebay.
Un flex para un Iphone y un circuito para cargar pilas de litio.
Fueron dos compras separadas que hice hace como un mes.
Recien me llega un aviso del Correo que esta en el Centro Postal Internacional, en Letonia y Antardia Argentina.
Segun el Cartero lo tengo que pasar a retirar por alla, pero en el aviso dice: "Previo a retirar su envio, debe cumplimentar los requisitos de la Res. Gral. Nro 3579 (en pagina Web Afip)"
Que catzo es eso? me presento asi nomas o tengo que hacer algo previo?
La verdad que lo que pague las cosas fueron menos de dos dolares, y no tengo ganas de hacer dos millones de tramites para poder retirarlos, tampoco tengo clave fiscal, nunca la saque ya que no la necesito para nada.
En si la consulta es si me presento con el aviso y retiro las cosas, a lo sumo pagar alguna boludez o hay que hacer un tramite de locos que me termine enfermando en tiempo y dinero?

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

17 Jun 2015 11:37

Gali escribiste:Buenas.
Compre unas chucherias por Ebay.
Un flex para un Iphone y un circuito para cargar pilas de litio.
Fueron dos compras separadas que hice hace como un mes.
Recien me llega un aviso del Correo que esta en el Centro Postal Internacional, en Letonia y Antardia Argentina.
Segun el Cartero lo tengo que pasar a retirar por alla, pero en el aviso dice: "Previo a retirar su envio, debe cumplimentar los requisitos de la Res. Gral. Nro 3579 (en pagina Web Afip)"
Que catzo es eso? me presento asi nomas o tengo que hacer algo previo?
La verdad que lo que pague las cosas fueron menos de dos dolares, y no tengo ganas de hacer dos millones de tramites para poder retirarlos, tampoco tengo clave fiscal, nunca la saque ya que no la necesito para nada.
En si la consulta es si me presento con el aviso y retiro las cosas, a lo sumo pagar alguna boludez o hay que hacer un tramite de locos que me termine enfermando en tiempo y dinero?

Al parecer, lo que hay que hacer es completar un formulario en la web de la AFIP, imprimirlo y llevarlo para retirar la mercadería.

Supongo que no será "excluyente", ya que la propia normativa establece que aduanas puede extender un certificado rectificatorio en caso que la valuación que declares no coincida con la del oficial de aduanas al momento de la revisión.

Obviamente creo que es una idiotez dar tantas vueltas sobre una nimiedad; pero también es cierto que el argentino promedio abusa de cualquier "gris" que aparezca en una normativa para sacarle el jugo...

Sugerencia: si vas a ir, andá un viernes cerca del horario de cierre: una vez que entraste, no te pueden dejar sin atender, como cualquier persona se quiere ir a disfrutar del fin de semana, y por ende, son de dar menos vueltas.


Saludos!

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

17 Jun 2015 11:42

Tenes que tener clave fiscal de AFIP HABILITADA.

Ingresas y cargas el formulario ONLINE en donde declaras la compra que hiciste, con todos los datos, costos (incluyendo envio).
La franquicia es de 50USS, si te pasas, te va a generar un VEP (volante electronico de pago) por el 50% de la diferencia, lo pagas y vas con todo a la aduana.
Sin eso, no te dan bola.
Recordá que primero vas a pagar el almacenaje del correo... ahi mismo, el correo, le da tu paquete a la aduana, y son los muchachos inspectores que te piden la documentación para poder retirar el envio... sino, alpiste.

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

17 Jun 2015 11:55

Entonces hay que tener clave fiscal, se saca en la afip no?
Hay que llevar algo en especial para hacerlo?

Re: Cómo recuperar el 35% de adelanto por compras en el exte

17 Jun 2015 13:35

Gali,
hay que llevar el DNI y puede hacerse en cualquier oficina de la AFIP.

Agrego algo, se permiten sólo dos presentaciones por año y que en conjunto sumen menos de u$s 3000 (incluyendo compra y fletes).

Te sugiero llevar la boleta de compra y una GRAN dosis de paciencia. El costo del almacenaje es de 40$ + 8$ diarios a partir del quinto día de la notificación. Si a los 30 días no lo retirás, se devuelve al remitente.

Abrazo!!!

Full Version